El acusado tendrá derecho a:
- Derecho a la asistencia de letrado
- Derecho a comunicar a un familiar u otra persona el hecho de la detención, que salvo incomunicación debe hacerlo el propio detenido
- Derecho a ser examinado por el medico forense o el asignado a los órganos judiciales
- Derecho al intérprete para quienes no entiendan el castellano u otra lengua oficial o que sufran alteraciones sensoriales que impidan o dificulten seriamente dar o recibir comunicación
- Derecho a instar un procedimiento de habeas corpus para poner a disposición inmediata de la autoridad judicial a toda persona detenida ilegalmente
- Derecho a hacer uso de la última palabra en el proceso penal a fin de que no se produzca indefensión
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