Publicado el 30 mayo, 2014 Qué dice el Código Civil sobre la responsabilidad por deterioro por el uso de la cosa en el comodato Archivado en Préstamos 0 Tweet Según el artículo 1746 del Código Civil el comodatario no responde de los deterioros que sobrevengan a la cosa prestada por el solo efecto del uso y sin culpa suya. Y si necesitas buscar un abogado podrás encontrarlo aquí. Comparte esto:Haz clic para compartir en Twitter (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva)Haz clic para compartir en Google+ (Se abre en una ventana nueva) Relacionado Tagged with comodato cosa deterioro uso