Publicado el 13 junio, 2013 Qué dice el Código Civil sobre los bienes de las provincias y de los pueblos Archivado en Política 0 Tweet Según el artículo 343 del Código Civil los bienes de las provincias y de los pueblos se dividen en bienes de uso público y bienes patrimoniales. Y si necesitas buscar un abogado podrás encontrarlo aquí. Tagged with bienes patrimoniales bienes públicos civil