Qué dice la Ley del Tribunal del Jurado sobre el contenido del auto de apertura del juicio oral en el caso del Tribunal del Jurado

Según el artículo 33 de la Ley del Tribunal del Jurado el auto que decrete la apertura del juicio oral determinará:

a) El hecho o hechos justiciables de entre los que han sido objeto de acusación y respecto de los cuales estime procedente el enjuiciamiento.

b) La persona o personas que podrán ser juzgadas como acusados o terceros responsables civilmente.

c) La fundamentación de la procedencia de la apertura del juicio con indicación de las disposiciones legales aplicables.

d) El órgano competente para el enjuiciamiento.

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