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IVA

Qué se considera como «suplidos» por Hacienda

Para que una partida contable tenga la consideración de «suplido«, es preciso:

1. Que el importe que se traslada al cliente sea el mismo que se pagó al acreedor
2. Que exista un mandato expreso del cliente.
3. Y que se justifique la cuantía efectiva de tales gastos.

En el caso de cumplirse estos requisitos el «suplido» estará exento de la base imponible del IVA. En el caso de no cumplirse dichos importes formarán parte de la base imponible del IVA, constituida por el importe total de la contraprestación de las operaciones sujetas al mismo ya sea procedente del destinatario o de terceras personas.

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Cuánto tiempo y cómo hay que conservar las facturas

 Según la legislación española los empresarios y profesionales están obligados a conservar las copias de las facturas o documentos que las sustituyan, expedidas por ellos o por su cuenta, durante el plazo de cuatro años (normativa fiscal) y durante seis (normativa mercantil) en el caso de «libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio» […] Sigue leyendo →

Cómo y cuándo rectificar facturas

 Las facturas podrán rectificarse en los siguientes casos: Cuando se hayan fijado incorrectamente las cuotas Cuando hayan variado las circunstancias determinantes de su cuantía Cuando hayan quedado sin efecto las operaciones gravadas por el IVA Cuando falten alguno de los requisitos esenciales para que la factura sea válida Esta rectificación no podrá llevarse a cabo […] Sigue leyendo →

Cuándo hay que realizar y entregar las facturas

 Según la AEAT corresponde realizar y entregar las facturas en los siguientes plazos: Si el destinatario no es empresario o profesional las facturas deben emitirse y entregarse en el mismo momento de realizarse la operación Si el destinatario es empresario o profesional las facturas deben emitirse en un plazo de 30 días desde la realización […] Sigue leyendo →