Todo lo que necesitas saber sobre las parejas de hecho

¿Qué es una pareja de hecho?
Una pareja de hecho es la unión de dos personas independientemente de su opción sexual que desean convivir de forma estable en una relación de afectividad análoga a la conyugal.

¿Quién puede formar una pareja de hecho?
Una pareja de hecho pueden formarla:

  • Las personas que sean mayores de edad o estén emancipadas
  • Las personas que no estén ligadas por vínculo matrimonial
  • Las personas que no sean parientes en línea recta por consanguinidad o adopción
  • Las personas que no sean colaterales por consanguinidad o adopción hasta el segundo grado
  • Las personas que no formen pareja estable con otra persona

¿Cómo se acredita la existencia de una pareja de hecho?
Los requisitos para acreditar la existencia de una pareja de hecho varían dependiendo de la Comunidad Autónoma en la que se resida.

¿Cuáles son causas de extinción de una pareja de hecho?
Las causas de extinción de una pareja de hecho son:

  • La muerte o declaración de fallecimiento de uno de los miembros de la pareja
  • El común acuerdo de los dos miembros de la pareja
  • La decisión unilateral de uno de los miembros de la pareja
  • La separación de hecho por tiempo superior a un año
  • El matrimonio de uno de los miembros de la pareja

¿Puedo solicitar algún tipo de pensión tras la ruptura de la pareja de hecho?
Sí, en el caso de que la ruptura suponga un desequilibrio económico para alguna de las partes. Para determinar las cuantías y circunstancias concretas habrá que examinar la normativa de la Comunidad Autónoma en la que se resida.

¿Cómo se regula el régimen económico de la pareja de hecho?
El régimen económico de una pareja de hecho se determina por la libertad de pactos siempre que estos no atenten contra el derecho de ninguna de las partes. Existe la posibilidad de redactar un Convenio previo de régimen de convivencia que recoja esos acuerdos.

¿Puede una pareja de hecho solicitar el acogimiento de un menor?
Las Comunidades Autónomas que tienen una regulación específica para las parejas de hecho han incluido en esa legislación la posibilidad de acoger menores con los mismos derechos y obligaciones que las parejas unidas por matrimonio.

¿Permite la regulación vigente adoptar a las parejas de hecho homosexuales?
No, la ley no permite la adopción a las parejas homosexuales. Sin embargo hay Comunidades Autónomas que les permiten adoptar. Además siempre se puede adoptar a título individual, cosa perfectamente legal.

¿Pueden las parejas homosexuales utilizar la reproducción asistida?
No. La legislación no permite a las parejas homosexuales utilizar técnicas de reproducción asistida. Pero de nuevo existe la posibilidad del uso individual.

¿Pueden las parejas heterosexuales adoptar menores?
Siempre que reúnan los requisitos que fija la Comunidad Autónoma en que residan para registrarse como pareja de hecho las parejas heterosexuales podrán adoptar menores.

¿Puede una pareja de hecho heterosexual utilizar la reproducción asistida?
Sí. Habrá que cumplir la legislación específica de la Comunidad Autónoma en que residan pero en el caso de que les sea imposible tener hijos por causas naturales las parejas heterosexuales podrán hacer uso de la reproducción asistida.

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